2018/02/04

La burla de las cuentas de "largo plazo" y "corto plazo" en cesantías, y qué hacer.

Ahora que se acerca el tiempo de recibir el auxilio de cesantías, explicaré cómo  las administradoras pensionales nos han metido en un negocio muy mediocre administrando nuestras cesantías en la llamada subcuenta de "largo plazo". Pero también anoto cómo podemos reaccionar contra esto. 

En todo negocio hemos de entender cuáles son las partes a cada lado del mismo, y cómo es que cada parte hace su plata.  

En la administración de fondos de pensiones y cesantías, el fondo es un conjunto de cuentas de dinero que pertenecen a cotizantes. Como ente autónomo, el fondo es propiedad de los cotizantes. 

En cambio, la administradora del fondo (la "AFP") es una sociedad comercial que ha sido autorizada por la ley para manejar el dinero reunido en el fondo (en inversiones en varios activos), y encargarse además de unas tareas administrativas: recoger el dinero que los empleadores (y empleados independientes) ponen en esas cuentas, atender y procesar las solicitudes de desembolso, informar a los cotizantes sobre la rentabilidad del fondo, etc. 

Es apenas lógico que cobren algo, pero siempre debemos preguntar si esos costos compensan lo que estamos ganando.

Para analizarlo con juicio, sirve entender qué tipo de comisión cobra la AFP. Al administrar Fondos de Cesantía, la AFP cobra un porcentaje del balance total que existe en cada cuenta.

(Ese mismo tipo de comisión, sobre balance  saldo, es el usado en los Fondos Voluntarios de pensiones y por el saldo de los aportes voluntarios en Fondos Obligatorios. En cambio, de los aportes ordinarios a los Fondos Obligatorios, la AFP cobra una comisión sobre cada aporte que entra. )

En bien del trabajador, particularmente en función de los distintos objetivos que el trabajador tenga con sus cesantías, la normativa colombiana estableció que han de haber dos tipos de subcuentas, y que el trabajador puede repartir su plata allí.

Si usted no ha retirado recientemente su ahorro de cesantía en fondos administrados por las AFP (Protección, Porvenir, Colfondos y OldMutual), es casi seguro que la mayoría de esa plata esté en la llamada subcuenta de "Largo Plazo" (LP).

Hay otra subcuenta, la llamada de “Corto Plazo” (CP), en donde se pone la plata que entra cada febrero. Mucha gente retira la plata, pero otros la acumulan. En agosto, lo que queda en la subcuenta de CP pasa a la de LP. 

De su saldo promedio en la subcuenta de Largo Plazo, la AFP se han estado llevando, como comisión, 3% de ese saldo promedio al año. ¿cómo lo hacen? le restan, cada día, un pequeño porcentaje del saldo de ese día. Ese porcentaje es 0.008219178%, resultado de dividir 3% entre 365 días. (*)

Sobre los saldos en la subcuenta de Corto Plazo la AFP cobra 1% al año, también liquidado diariamente. 

Es necesario considerar la composición del portafolio de cada subcuenta (y de paso explicar por qué se llaman de Largo o Corto Plazo).

  • El portafolio de la subcuenta de Corto Plazo está casi todo, 100%, en renta fija.
  • El portafolio de la subcuenta de Largo Plazo está 60% en renta fija y 40% en renta variable.

Se supone que la rentabilidad de activos de renta variable es mayor en el largo plazo, pero tiende a oscilar más. La rentabilidad de activos de renta fija es menor en el largo plazo, pero es más estable. Para alguien que necesite hacer un pago inescapable en un par de años (por ejemplo pagar una matrícula universitaria o una cuota inicial de una casa), sería más sensato tener puesto el dinero en activos de renta fija. Para alguien con metas más distantes y sin una fecha específica, el dinero en activos de renta variable puede ser mejor. Por ello los nombres de "largo" y "corto" plazo de las subcuentas.


Tiene mucho sentido haber creado portafolios diferentes para necesidades diferentes. Lo que no tiene sentido es que, al cobrar comisiones tan altas en esa cuenta de largo plazo, la única beneficiada sea la administradora, y no el ahorrador

Alguien puede preguntarse si esas comisiones (y costos en general) son altas porque se necesitan para acceder a activos que podrán dar buenas rentabilidades: si son el precio que hay que pagar por gasolina super-extra para que el motor alcance su potencial.

No es así: estadísticamente, aún si consideramos que costos y comisiones fueran cero, lo esperable es que el tipo de activo en el que invierten las administradoras obtendrá las mismas rentabilidades que el total de inversionistas del mercado. Las administradoras de fondos pensionales no han sido ni serán bendecidas con rentabilidades superiores a los del resto del mercado de esos tipos de activos que administran. Puede que en algunos meses o años sus rentabilidades sean superiores, pero a lo largo del tiempo sus rentabilidades serán promedio.

Si a ese rendimiento promedio le restamos costos y comisiones, cuánto más altas sean éstas, menor será el rendimiento neto y el beneficio para el ahorrador.

¿Por qué son tan altas las comisiones? La norma no ordena que cobren 3% anual de  los saldos en la subcuenta de largo plazo: dicen que 3% es el tope máximo de lo que pueden cobrar. En teoría las AFP competirían entre sí y bajarían esas comisiones a su justa proporción. Por el contrario, como hemos visto antes, las AFP se han amangualado para mantener cobrando las máximas comisiones posibles.

Aquí voy a mostrar cómo esa comisión tan alta del 3% destruye el beneficio de posible mayor rentabilidad que tendría esa subcuenta de "largo plazo" para el  ahorrador.

Recordemos: el valor futuro, después de un año, de un capital K invertido en unos activos, será función de la rentabilidad de los activos subyacentes y del descuento de las comisiones y costos.

Matemáticamente, K (1+r)(1-c) 

En el caso del portafolio de "Largo Plazo", que es una combinación de los tipos de activos  (40% de renta variable y 60% de renta fija), la rentabilidad combinada bruta será una suma ponderada de la rentabilidad de esos dos activos.

Por ejemplo, supongamos que al principio de año tenemos 20 millones de pesos, y sabemos su composición interna: 8 millones en renta variable (40%) y 12 millones en renta fija (60% del portafolio), y que el fondo no cobra comisiones.

Supongamos que el rendimiento nominal de la renta variable fue de 10%, y que el rendimiento nominal de la renta fija fue de 6%.

Al final del año tendremos
8(1+0.1)=8 (1.1) = 8,8 millones en renta variable,
12(1+0.06)=12,72 millones en renta fija.
8,8 + 12,72 =  21,52 millones en total, así que el incremento fue de 1 - (21.52/20) =  7,6%

esto se pudo haber también calculado en general como
(10/100)(40/100) + (6/100)(60/100) = (400/10000)+(360/10000) = 760/10000 = 7,6%

Como la administradora se lleva 3%, la rentabilidad bruta del 7,6% quedará convertida en (1+0.076)(1-0.03) -1 =  4.372%

(nótese que en ese rango de números la aproximación 7,6% - 3% = 4,6% funciona bastante bien).

Si bien no es posible pronosticar la rentabilidad de los activos en unos años próximos, por lo variables que son, sí es posible estimar la rentabilidad en el largo plazo. De discusiones como las de  aquí y aquí, podemos suponer que las rentabilidades de los activos de renta fija estarán entre 0% y 1% real, y la de los activos de renta variable entre 5 y 7% real.

Sirve pensar en alternativas, tener el dinero en una de tres opciones (en rigor, es posible repartirla entre LP y CP, pero para ilustrar el punto vamos a suponer las opciones extremas)

  • 100% en la subcuenta de LP, 
  • 100% en la subcuenta de CP, 
  • sacarla de las cesantías y ponerla en un banco en CDT. 

Primero comparemos

  • desempeño de la subcuenta "LP" frente a la subcuenta "CP", y luego  
  • el desempeño de la subcuenta LP frente a la unenta en CDT, 

ante unos rangos de rentabilidades posibles de los activos subyacentes (Renta Variable y Renta Fija).

Subcuenta "Largo Plazo" frente a subcuenta "Corto Plazo" 

La parte central de la tabla muestra la rentabilidades anuales del portafolio en la subcuenta "Largo Plazo" (40% renta variable y 60% renta fija, recordemos), bajo comisiones anuales del 3%.

El valor en cada celda de calcula como
(1+(RentabilidadDeRenta Variable)*(40/100) + (RentabilidadRenta Fija)(60/100))*(1-0.03) -1
donde la RentabilidadDeRentaVariable es la de la columna vertical y la RentabilidadDeRentaFija es la de la fila horizontal.

A un lado, en la columna C, están  las rentabilidades de la subcuenta de CortoPlazo, es decir la rentabilidad bruta combinada con la comisión del 1% que cobra la AFP por administrar dinero en la Subcuenta de CortoPlazo.

Por ejemplo, (1+0.025)*(1-0.01)-1 = 0.012275 ~ 1,23%


Se nota cómo en un rango plausible de rentabilidades para ambos tipos de activos, no es claro que la subcuenta de Largo Plazo sea claramente dominante, sore todo si se advierte que rentabilidades de más de 7% anual real, según los expertos, van a ser poco probables.

También se anota cómo las rentabildiades netas van a ser muy bajas en general, la mayoría de menos de 1% real. Esto nos lleva a la segunda comparación: 

Subcuenta "Largo Plazo" frente a hipotética cuenta en CDT.

 En esta tabla aprovechemos para hacer una comparación: supongamos que en lugar de tener las cesantías en esas subcuentas de las AFP, las hubiéremos podido haber tenido en un CDT, afuera, en una institución bancaria.

Supongamos además que los rendimientos de los CDT son equivalentes al rendimiento de la renta fija, sin comisión.



Concluimos que con el CDT nos hubiera ido mejor, excepto cuando las rentabilidades de la renta variable fueran muy altas.

Una cuenta en CDT no tiene que ser hipotética. Si lo pensamos bien, no hay razón por la cual una persona no pudiera depositar plata en CDT en un banco o corporación o cooperativa financiera y llamarlo "Cuenta de Cesantía"; a cambio de eso el banco se compromete a no devolver la plata sino en los casos prescritos por la norma.




Así, querido lector, hemos visto que que las AFP están ganando una comisión jugosísima a costa de aumentar el riesgo, y que bajo supuestos razonables, es muy posible que no haya ninguna ventaja en tener la plata en esa cuenta de largo plazo. Lo racional entonces, para la gran mayoría de ahorradores de cesantías, sería trasladar lo que tienen en la subcuenta de "largo plazo" y ponerla toda en el "corto plazo". Una jugada así tendría ventajas y riesgos:
Ventajas:
Tendrían menos volatilidad en su dinero, aún disfrutando las razonables rentabilidades que ha dado la la renta fija colombiana.
Riesgos:
En condiciones normales, el riesgo sería el de costo de oportunidad -- el perder la oportunidad de ganarse la lotería de las rentabilidades extraordinarias altas. Ahora, es posible que haya situaciones extraordinarias en las que los CDT y las cuentas bancarias pierdan liquidez. Pero en este caso, el problema no sería de las cesantías, sino de la economía en general. Voy a insistir en que parte de las inversiones de corto plazo estén en vehículos más robustos frente a tales contingencias.

2018/02/03

Pensiones y pilares, de Daniel González.

Daniel González, @dangonzalez0504 en Twitter, quien está hablando de asuntos que la derecha colombiana hace mucho tiempo no tocaba, nos ha concedido publicar este importantísimo escrito suyo, que le mete esqueleto y músculo a la descripción de pilares y apunta a ejemplos concretos que nos servirán de referencia para discutir reformas pensionales.


Pensiones y pilares

En Colombia y en la región generalmente la pensión se entiende como un dinero que recibe la persona periódicamente como contraprestación a unos aportes que esta hizo durante su vida laboral .Sin embargo y como casi todo, este enfoque no es universal y los países con legislación social más antigua han entendido la pensión más bien como una obligación hacia todos sus ciudadanos mayores y han construido lo que se conoce comúnmente como el sistema de pilares. Los objetivos a grandes rasgos son los siguientes: Otorgar un mínimo vital para las personas de la tercera edad, garantizar la universalidad en la cobertura pensional incluso para aquellas personas que nunca tuvieron vida laboral activa o la tuvieron durante un periodo muy breve de sus vidas, permitir un mayor ahorro pensional voluntario de parte de quienes tienen la capacidad de hacerlo. Los pilares vienen a ser los siguientes: Un esquema de ingreso mínimo garantizado, un componente de cotizaciones laborales obligatorias común a todos los trabajadores, un componente semi-obligatorio para ciertos gremios (profesores, médicos, etc) y un componente enteramente voluntario. La idea es ampliar las posibilidades de manejo pensional ya que en Colombia solo existe el régimen de pensiones obligatorias y uno muy modesto de pensiones voluntarias. No todos los países cuentan con todos los pilares y la legislación laboral particular de cada país es distinta. A grandes rasgos estos pilares son:
Ingreso mínimo para la vejez.
El primer pilar de los sistemas pensionales, en este un fondo gubernamental le paga a los ancianos del país una mensualidad modesta para cubrir sus necesidades básicas. Es totalmente universal, no requiere historia laboral y generalmente el único requisito es el de haber vivido dentro del país por un número mínimo determinado de años. Aunque las edades de jubilación y condiciones particulares varíen de acuerdo a la legislación de cada país su estructura básica se mantiene, se conoce con distintos nombres de acuerdo el país así:
  • Canadá (Old Age security),
  • Holanda (Algemene Ouderdoms Wet),
  • Japón (Kokumin Nenkin)
Fondo pensional con cotizaciones laborales obligatorias.
El segundo gran pilar de los sistemas pensionales es un gran fondo que se nutre de las cotizaciones obligatorias sobre sus salarios de todos los trabajadores activos ( tanto empleados como autónomos), este fondo es totalmente separado del anterior y es manejado por una administradora pensional pública sin ánimo de lucro. Por su tamaño y sus largos horizontes de inversión estos fondos son grandes financiadores de obras de infraestructura, bonos de deuda a largo plazo, etc., contrario a Latinoamérica, las entidades privadas NO participan en el manejo de este ahorro obligatorio. Los planes y sus administradores en algunos países son:
  • Canadá (Canada Pension Plan/ Canada Pension Plan Investment Board)
  • Japón (Kosei Nenkin Hoken / Japan Pension Service)
  • Singapur (Central Provident Fund/ Central Provident fund board)
Fondos pensionales para ocupaciones determinadas.
El otro gran pilar de los sistemas pensionales viene a ser el de los fondos pensionales para determinados gremios como médicos, profesores o empleados gubernamentales, bajo esta modalidad además de los aportes que el empleado hace a los programas obligatorios previamente mencionados el trabajador cotiza un dinero adicional a un fondo que solo recibe aportes de los miembros de este gremio. Estos fondos, aunque mas pequeños que los anteriores, también tienen un tamaño significativo. La legislación de cada país es distinta y la administración del fondo puede hacerlo una Administradora estatal, una Administradora privada, o en casos mas creativos el mismo fondo crea una persona jurídica independiente para que actue como su administradora de inversiones y es el propietario de esta en su totalidad. Algunos ejemplos de esta modalidad son:
  • Canadá (Ontario teachers pension plan-profesores, Healthcare of Ontario pension plan-empleados del sector salud, Ontario Public service employees unión pensión plan-funcionarios públicos provinciales)
  • EEUU (Thrift Savings Plan-Empleados públicos del gobierno federal, California public employees retirement service/CalPERS-empleados públicos de California, Employment Retirement Service of Texas-Empleados públicos de Texas, New York City Fire department pension fund-Bomberos de la ciudad de Nueva York)
  • Japón (Kyosai nenkin- Fondo de empleados públicos del gobierno nacional japonés)
Ahorro pensional voluntario.
En esta modalidad de ahorro pensional la persona decide ahorrar de manera completamente voluntaria parte de sus ingresos en una cuenta individual de ahorro pensional, estos fondos de pensiones son administrados por entidades privadas y estos a su vez deciden cuanto cobrar por sus servicios. Este ahorro pensional normalmente conlleva beneficios tributarios para la persona en su declaración de renta y dependiendo del pais también puede contemplarse que el dinero ahorrado pueda usarse en circunstancias específicas como la adquisición de una vivienda. Ejemplos de esta modalidad de ahorro pensional voluntario son:
  • Canadá (Registered Retirement Savings Plan)
  • EEUU (Planes IRA y 401K)
  • Singapur ( Supplementary Retirement Scheme-SRS)

Pensionar el ataúd, de Daniel González.

Daniel González, @dangonzalez0504 en Twitter, es uno de los jóvenes analistas más sólidos y aguerridos en Colombia. Se esté o no en desacuerdo con lo que plantea y planteará sobre muchos asuntos, toca y tocará leerlo. 
Para fortuna del movimiento anti abuso de las administradoras pensionales, ahí coincidimos. Aquí reproduzco una columna que había publicado primero en http://www.periodismosinfronteras.org/pensionar-el-ataud.html . 

Pensionar el ataúd

En Colombia ha hecho carrera la idea que la gente y especialmente los jubilados están viviendo muchos años mas hoy que hace unas décadas debido a mejoras en medicina y el sistema de salud colombiano. Es común encontrar afirmaciones como las siguientes:

De Alberto Carrasquilla (Ministro de Hacienda 2003-2007):
Y ¿qué haría con el déficit pensional?Es algo que hay que dividir. Por un lado está el que ya tenemos y que nadie va a ser capaz de recortar. Por el otro, la meta de cómo hacer para asegurar que la gente que entra al mercado laboral tenga pensión y correspondencia entre lo que aporta y lo que va a recibir más adelante.
El tema crítico es la edad de jubilación.
Si la esperanza de vida al nacer se amplía, hay que tener una correspondencia. Suena cruel, pero si duro vivo mucho tiempo, después de mi jubilación la plata que voy a requerir del sistema es más que si vivo menos tiempo. (http://www.portafolio.co/economia/finanzas/reforma-tributaria-hay-pantalones-carrasquilla-112442)  
 Y de Sergio Clavijo (actual presidente de ANIF):
El director de Anif argumentó que “si en general la población está viviendo más, nos toca trabajar más tiempo. El grueso en América Latina se pensiona a los 65 y en Estados Unidos a los 67 años, en Colombia a los 62 y además dejamos pasar 20 años para subir la edad de pensión”.
A esto se suma que mientras en la mayoría del mundo las pensiones equivalen al 50% del salario generado históricamente por cada cotizante, en Colombia dicha proporción aumenta a entre el 65% y 70%.
Sergio Clavijo agregó que, de aplicarse la reforma pensional que su entidad propone, los colombianos a los que les faltan máximo 10 años para pensionarse recibirán los beneficios actuales. Pero para quienes faltan más de 15 años, recibirán una menor pensión y tendrán que trabajar cinco años más (http://www.dinero.com/economia/articulo/anif-propone-aumentar-la-edad-de-pension/252284
El aumento en la esperanza de vida al nacer es utilizado repetidamente como justificación para aumentar la edad de jubilación de las personas, lo que equivale a reducirle el número de años que cada jubilado va a cobrar pensión. Este fue el argumento utilizado para aumentar la edad mínima de jubilación en hombres de 57 a los 62 años actuales. Sin embargo este es un argumento espurio, para los cálculos pensionales lo relevante es la esperanza de vida de las personas mayores, las  que se pensionan, no la de los recién nacidos; veamos la evolución de  la esperanza de vida para las personas mayores, aquellas entre 65-69 años según las tablas de mortalidad publicadas por el DANE en 2009 usando los datos de los censos desde 1985 hasta el de 2005. 
Para 1985,

y para 2005,


La esperanza de vida de los hombres entre 65-69 años era de 14.72 años en 1985 y se incrementó ligeramente a 16.03 años en 2005, un cambio pequeño, de aproximadamente 15 meses/1.3 años en la esperanza de vida. En el caso de las mujeres el aumento en la esperanza de vida también fue muy modesto en estas décadas, pasó de 16.9 años en 1985 a 18.09 en 2005, un aumento cercano a un año.

En conclusión el aumento en la esperanza de vida de los ciudadanos mayores ha sido muy, muy modesto en estas últimas décadas y es deshonesto tratar de utilizarlo como justificación para reformas pensionales que pretenden incrementar la edad de jubilación a 65, 67 o 70 años, reducir el valor de las mesadas pensionales, o eliminar el régimen de prima media.