2016/07/26

Audiencia Pública Virtual 2016 #PregúnteleAlaSFC: ¡participe!

Gracias a que el sitio de la Superfinanciera dice "se autoriza la reproducción total o parcial de la información contenida en esta página Web, siempre y cuando se mencione la fuente", reproducimos esta importantísima invitación: (https://www.superfinanciera.gov.co/jsp/loader.jsf?lServicio=Publicaciones&lTipo=publicaciones&lFuncion=loadContenidoPublicacion&id=10086284)

¡De veras es importante! preguntas se recibirán hasta el 18 de Agosto.

Participe [...] en nuestra 2a Audiencia Pública Virtual 2016 #PregúnteleAlaSFC




Julio 06 de 2016

Las audiencias públicas de rendición de cuentas constituyen uno de los pilares fundamentales del buen gobierno en la gestión pública, dentro de una cultura de apertura de información, transparencia y diálogo entre el Estado y los ciudadanos, con el fin de elevar los niveles de credibilidad y confianza de la ciudadanía hacia sus autoridades.

La Superintendencia Financiera de Colombia (en adelante SFC), comprometida con la transparencia y la democratización de la gestión pública, realizará a lo largo de 2016 varios eventos de rendición de cuentas denominados "Audiencia Pública Virtual #PregúnteleAlaSFC", para los cuales ha dispuesto sus canales electrónicos (twitter, Facebook y correo electrónico), con el fin de permitir una eficaz interacción de la Administración con los consumidores financieros, las entidades supervisadas, las agremiaciones, las veedurías ciudadanas, los establecimientos educativos, los medios de comunicación, los órganos de control y otros interesados.

Para participar en estos espacios se deberá mencionar siempre #PregúnteleAlaSFC, independientemente del canal utilizado, teniendo en cuenta las reglas establecidas para tal fin.

¿QUÉ SON LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS VIRTUALES PARTICIPATIVAS DE LA SFC?

Son espacios virtuales abiertos al público durante periodos específicos de tiempo distribuidos a lo largo del año, para rendir cuentas con respecto a un tema determinado, en los cuales pueden participar los ciudadanos, las organizaciones y, en general, quienes estén interesados en dialogar con los servidores públicos de la SFC para evaluar la gestión de la Entidad en el cumplimiento de sus responsabilidades legales, la ejecución de sus proyectos o programas y la gestión de sus recursos en un periodo determinado.

¿CUÁL ES EL PROPÓSITO DE ESTAS AUDIENCIAS PÚBLICAS VIRTUALES?

Estas audiencias públicas virtuales forman parte de la estrategia de rendición de cuentas de la SFC para 2016 y tienen los siguientes propósitos:

• Promover la consulta de los informes de gestión elaborados periódicamente por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) y divulgados a través del sitio web institucional.

• Plantear temas abiertos, con el fin de recoger el mayor número de inquietudes que tengan los ciudadanos frente a las acciones y decisiones de la Entidad sobre dicho tema particular.

• Convocar y promover la participación de organizaciones y actores representativos del mercado financiero, asegurador, bursátil y previsional; grupos de veeduría ciudadana, profesores y estudiantes interesados en los temas de la Entidad y la ciudadanía en general.

• Conocer de manera directa las necesidades y expectativas de los diferentes usuarios con respecto a los servicios que presta la SFC.

• Proporcionar espacios de interlocución directa entre los servidores públicos de la SFC y la ciudadanía, mediante una relación bidireccional de diálogo que permita, en lo posible, la participación de quienes deseen hacerlo.

• Facilitar el ejercicio del control social a la gestión de la SFC.

• Contribuir al desarrollo de los principios constitucionales de transparencia, responsabilidad, eficacia, eficiencia, imparcialidad y participación ciudadana en el manejo de los recursos públicos.

• En general, fomentar el diálogo y la retroalimentación entre la SFC y los ciudadanos.

SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA VIRTUAL DE LA SFC 2016

TEMA: Quejas contra Entidades vigiladas por la SFC

La ciudadanía en general puede acudir a la Entidad en caso de tener una queja contra una entidad vigilada por la SFC o una inquietud respecto de sus servicios o productos. Estas reclamaciones o quejas se pueden presentar en forma personal, escrita o a través de medios tecnológicos, tales como nuestro sitio Web www.superfinanciera.gov.co o el correo electrónico super@superfinanciera.gov.co.

Los ciudadanos que acuden a la sede de la SFC son atendidos directamente en la recepción del Punto de Contacto de la entidad, por orden de llegada, y de acuerdo con el tema objeto de su reclamación o queja, se les asigna el turno que les corresponde, por el sistema automático de “digiturnos”.

Para orientación telefónica sobre la manera de presentar su queja, los ciudadanos que se encuentran en Bogotá se pueden comunicar a la línea 3078042, y quienes se encuentran en una ciudad diferente, a la línea gratuita nacional 01 8000 120 100.

Las reclamaciones o quejas son analizadas y tramitadas de conformidad con las normas aplicables, bajo los principios de transparencia, celeridad y oportunidad.

INFORMACIÓN DE CONSULTA: A través de los siguientes enlaces del sitio web de la SFC www.superfinanciera.gov.co se podrá consultar información relacionada con las quejas contra entidades vigiladas por la Entidad, así:

FECHA DE APERTURA: Se dará inicio a esta audiencia con la apertura de los canales virtuales el día 18 de julio 2016.

FECHA DE CIERRE: las consultas relacionadas con el tema a tratar en este evento de rendición de cuentas se recibirán hasta el 18 de agosto de 2016.

PLAZO PARA FORMULACIÓN DE COMENTARIOS, PREGUNTAS, PETICIONES O SUGERENCIAS CON RESPECTO AL TEMA DE LA AUDIENCIA: Entre el 18 de julio y el 18 de agosto de 2016.

PUBLICACIÓN DE RESPUESTAS: serán publicadas a través del sitio web institucional www.superfinanciera.go.co dentro de los términos establecidos por la ley en la siguiente ruta:

Inicio --> Nuestra Entidad --> Rendición de Cuentas

¿CÓMO PARTICIPAR EN LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS VIRTUALES DE LA SFC?

Los ciudadanos y representantes de organizaciones interesados en participar en las Audiencias Públicas Virtuales de Rendición de Cuentas 2016 de la SFC podrán hacerlo enviando sus preguntas o propuestas al correo electrónicoaudienciavirtual2016@superfinanciera.gov.co indicando además su nombre completo y organización que representan, si es del caso.

También lo podrá hacer vía redes sociales utilizando el hashtag #PregúnteleAlaSFC

Para la formulación de las preguntas, consultas, peticiones y/o propuestas es importante tener en cuenta lo siguiente:

  • Deben estar relacionadas únicamente con el tema específico definido para el respectivo evento de rendición de cuentas.

  • Deben ser de competencia de la SFC.

  • Deben referirse a asuntos de interés general, no a temas personales o casos de interés individual.

  • Deben ser breves, concretas y presentarse en forma respetuosa.

¿QUÉ ALTERNATIVAS EXISTEN PARA PARTICIPAR EN LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS?

  • Elección de los temas. De forma permanente está disponible la encuesta de profundización de temas en nuestro sitio webwww.superfinanciera.gov.co en la sección Nuestra Entidad título Rendición de cuentas para que la ciudadanía elija los temas, haga propuestas y formule sugerencias para los ejercicios de rendición de cuentas de la SFC. A ésta también se podrá ingresar mediante el enlace:

¿Qué temas le gustaría que la Superintendencia Financiera de Colombia tratara en las próximas jornadas de Rendición de Cuentas?

  • Participación mediante correo electrónico. Durante las fechas en las cuales estará abierta cada una de las audiencias virtuales 2016 se podrán enviar las preguntas, comentarios o sugerencias sobre el tema vigente al correoaudienciavirtual2016@superfinanciera.gov.co usando el hashtag #PregúnteleAlaSFC

  • Participación a través de las redes sociales: también se podrá participar a través de redes sociales mencionando el hashtag #PregúnteleAlaSFC:

Twitter: @SFCsupervisor
Facebook: /superintendencia.financiera


  • Evaluación de la Audiencia. Finalizada la audiencia, se publicará en redes sociales y en el sitio web de la Entidad una encuesta para evaluar el desarrollo de la Audiencia Virtual.

¿CUÁLES SON LAS REGLAS PARA EL DESARROLLO DE CADA AUDIENCIA PÚBLICA VIRTUAL?

  • Se dará inicio a la Audiencia Virtual con la apertura de los canales virtuales, lo cual se informará a través de redes sociales y del sitio web de la Entidad, con el fin de que los ciudadanos consulten la información de la entidad y participen usando el hashtag #PregúnteleAlaSFC.

  • Para garantizar que la intervención sea tenida en cuenta para la Audiencia Virtual, deberá incluir siempre el hashtag #PregúnteleAlaSFC.

  • Las participaciones serán atendidas a la mayor brevedad posible en la medida en que se vayan recibiendo y, en todo caso, dentro de los plazos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para resolver las distintas modalidades de peticiones.

  • Dentro de los quince días hábiles siguientes al cierre de cada evento de audiencia pública virtual se publicarán en el sitio web institucional de la SFC la totalidad de preguntas, comentarios, peticiones o sugerencias recibidas, así como las respuestas dadas a las mismas por la SFC.

  • Aquellas intervenciones que no cumplan con las condiciones establecidas para la participación en la Audiencia Pública Virtual serán tramitadas como una petición corriente y respondida dentro de los términos establecidos para tal fin.

  • No se atenderán consultas que contengan lenguaje inapropiado.

Le invitamos a consultar:

Participe mencionando #PregúnteleAlaSFC a través de:

2016/07/24

Juan Mario Laserna, estudioso de pensiones.

En homenaje a Juan Mario Laserna, una lista de algunos de sus escritos sobre pensiones:

Laserna, J.M. (2007), “Una propuesta para mejorar el manejo de riesgo, la diversificación y la eficiencia de los portafolios de los fondos de pensiones obligatorias”, en Cuadernos Latinoamericanos de Administración, V. III, No. 4. Bogotá: Universidad El Bosque. http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=409634347002

Carlos Eduardo León y Juan Mario Laserna "Asignación estratégica de activos para fondos de pensiones obligatorias en Colombia: un enfoque alternativo" Borradores de economía, número 523, Agosto 2008. Bogotá: Banco de la República. http://www.banrep.gov.co/sites/default/files/publicaciones/pdfs/borra523.pdf

Alejandro Reveiz, Carlos León, Juan Mario Laserna y Ivonne Martínez "Recomendaciones para la modificación del régimen de pensiones obligatorias
de Colombia"  Borradores de economía número 507, Abril 2008. Bogotá: Banco de la República. (http://www.banrep.gov.co/sites/default/files/publicaciones/pdfs/borra507.pdf) (y posiblemente sea el mismo "Recomendaciones para la modificación del régimen de pensiones obligatorias de Colombia" en Revista Ensayos Sobre Política Económica (ESPE) número 56, Junio 2008. Bogotá: Banco de la República. http://www.banrep.gov.co/sites/default/files/publicaciones/archivos/espe_056-3.pdf 

Juan Mario Laserna Jaramillo y Carolina Gómez Restrepo (editores) Pensiones y portafolios : la construcción de una política pública. Bogotá : Banco de la República : Universidad Externado de Colombia, 2009. 820 p. ; 26 cm.

2016/07/18

Números opacos y eficiencia pensional

(Ruego leer esta entrada antes). Es sorprendente cómo se ha atornillado en el cerebro de muchos usuarios financieros el perfil de la destinación de la cotización pensional. Incluso, sorprende cómo los mismos asesores de las AFP se confunden al respecto.

cotiz

¡Mucha gente del común y asesores piensan que la comisión es apenas 1,38% de cada aporte! Tengo copia  de chats al respecto -- divertidísimos.

La mejor manera que he encontrado de describir la situación no es con porcentajes sino con cifras de moneda:

  • Suponga usted que el ingreso base de cotización es de $100.

  • De esos $100, entre empleado y empleador le envían a la AFP $16 .

  • De esos $16, $1,50  se van al Fondo de Garantía de Pensión Mínima (ese monto se incrementa, ver nota de pie en la tabla).

  • Quedan $3 que se dividen entre seguros previsionales y una comisión de administración; en promedio se van $1,38 en la comisión.

  • Lo que queda, 16 - 1,50 - 3 = $11,50  sí le entran al marranito personal para que crezca (bueno, no exactamente, como se verá después).

  • Supongamos que no tenemos problema ni con el impuesto (lo que va al fondo de garantía) ni con lo que se destina para el seguro previsional (o mejor dicho, la discusión sobre lo que debería ser mejor corresponde a otro capítulo).

  • En limpio queda que a la AFP se le entrega aproximadamente $11,50 + $1,38 = $12,88 , y de eso, $1,38 es el costo del ahorro, lo que nos descuentan.

  • Ahora sí, usando porcentajes, esta comisión de entrada es igual a $latex \frac{\$1,38}{\$11,50 + \$1,38} \approx  10,7\%$

  • Anteriormente, en "Álgebra de comisiones",  este blog consideró tales comisiones de entrada. Perder entre 8% y 18% del acumulado final no es insignificante.

  • Confunde el que se siga usando esas proporciones que no tienen nada que ver con la eficiencia del ahorro pensional. Hay dos aspectos que sí cuentan:(*)

    • el monto total de nuestro ingreso que es ahorrado (ese 11,50% que debería ser mucho  más, por lo menos un verdadero 15%),

    • y la eficiencia del ahorro (el costo de administración de cada peso ahorrado o invertido, en promedio este 10,7% por comisión de entrada);

    • ¿esa cifra del 1,3%, de qué nos sirve?

Aquí cabe citar un párrafo de Sergio Clavijo en La República (4 de Mayo del 2016, en debate con Eduardo Lora):
Ante la falsa idea de que las comisiones cobradas por las AFPs son elevadas (que son las mismas que cobra Colpensiones), concluimos que: ... Es entendible que la gente del común piense que se le estaban cobrando tasas de administración del orden del 2% anual y que después han sido reducidas al 1,3% anual, pero es imperdonable que los expertos (como el Dr. Lora) no aclaren que, en realidad, los cobros son muy inferiores a esas cifras, pues esas tasas no se computan sobre el valor del portafolio administrado (como usualmente ocurre en el sistema financiero). NO, estas tasas de las AFPs en cuentas obligatorias se computan únicamente sobre la porción del aporte y no sobre el stock ahorrado, lo cual implica que a mayor estadía bajo el esquema de ahorro ese cobro va convergiendo hacia una tasa cercana al 1% anual a horizontes de 10 años de ahorro o al 0,5% hacia los 20 años.

(Resaltado es mío). Sergio Clavijo tiene razón en la base del cómputo (la porción del aporte), pero "estas tasas" no son del 1,3% anual: son, en promedio, del 10,7% anual.

Y sí, es cierto que el efecto de una comisión de entrada de 10% sería aproximadamente equivalente al efecto de una comisión de administración del 1% a 10 años o una comisión de administración del 0.5% a 20 años:

a 5 y 10

Sin embargo, Sergio Clavijo omite considerar otros costos:

gastosadmisibles

El cobro de estos otros costos, al afectar a todo el stock ahorrado, en la práctica son comisiones de administración.

Por ello, deberíamos saber exactamente el monto de tales costos.

(*)  La tasa promedio del 1,62% (sobre ingreso base) destinado a seguro previsional sí interesa pues al menos ciertos seguros, en el caso del siniestro, han de pagar una proporción del ingreso base.

2016/07/16

Rol de CDTs y bonos en portafolio personal

Los usuales artículos en Finanzas Personales sobre por qué los Fondos de Inversión Colectiva son aparentemente preferibles a los CDTs se olvidan de considerar seriamente el rol de la renta fija en un portafolio personal. Estas son unas tesis para la discusión.

En el corto y mediano plazo,

  • Es entendible que una empresa (o un individuo negociante, entrepreneur) que están a la caza de oportunidades de adquisición o inversión quieran mantener una plata de buen tamaño, muy líquida; esa necesidad de liquidez hace que los FICs sean preferibles.

  • En cambio, sirve pensar que el individuo promedio debe organizarse mediante unos planes de largo y corto plazo. Ejemplos de planes de corto plazo:

    • Ahorrar una cantidad definida para ser capaz de comprar un carro o casa de tales características en fecha F.

    • Ahorrar una cantidad definida para pagar 2 años de la carrera universitaria de una hija que se graduará del colegio en 5 años.

  • Esos desafíos no son imprevistos, sino fácilmente pronosticables. De acuerdo, puede ser que no sepamos el día o mes preciso en que toque pagar, pero se sabe el rango de fechas.

  • Si se sabe la fecha aproximada, no es necesario que esa plata se mantenga líquida. No es sensato sacrificar 2% o 3% de rentabilidad por liquidez que un poco de planeación haría innecesaria.

  • Las entidades financieras tienen productos de ahorro para satisfacer unas metas en el tiempo, y ya sabemos que hay CDTs.

  • Por supuesto, hay que mantener un fondo de emergencia para pagar por imprevistos, y es muy razonable que una parte prudente de ese fondo deba mantenerse líquido.

En el largo plazo (la entiendo como todo aquello que esté al menos 5 años en el futuro), la renta fija cumple funciones importantísimas:

  • Asegura las ganancias acumuladas, protege contra las pérdidas de capital, lo que es necesario cuando los años pasan y no queda demasiado tiempo para recuperarse de una gran pérdida;

  • Suaviza la volatilidad del portafolio y disminuye la probabilidad de que el inversionista entre en pánico y venda cuando no deba.

  • Proporciona unos flujos más o menos constantes de rentas.

Nótese que para satisfacer estas necesidades, no es absolutamente necesario que la renta fija sea muy líquida.

Claro, podría discutirse el riesgo de que una subida de tasas de interés afecte el valor de unos bonos o CDTs de larga duración que se tengan en un portafolio de largo plazo. Y sí, quien compre bonos con vencimiento en 20 años debe ser muy consciente del riesgo;  pero en el mercado colombiano los CDTs de mayor duración son de apenas 2 años.

¿Por qué la constante insistencia de los vendedores de FICs y sus voceros periodistas en que los portafolios personales deben meterse en FICs de corta duración y con rentabilidades tan bajas? Además de lo obvio, porque a un vendedor por comisiones no le conviene que la plata del cliente esté fuera de su alcance.

2016/07/04

Una invitación al Estado: bonos para la gente.

Invitamos a la Tesorería de Colombia a que venda fracciones de sus bonos actuales para que el ahorrador del común pueda comprarlos.  

Es prudente combinar activos conservadores y arriesgados en lo que uno tiene. La combinación específica depende de cosas como la edad que uno tenga, la necesidad, la tolerancia al riesgo, etc. Pero aún a los jóvenes más temerarios les sirve tener un sitio donde asegurar algo de lo propio, con mínimo mantenimiento.

En Colombia una lista no exhaustiva de activos que pueden cumplir ese rol, de mejor o peor manera, es:

  • CDTs

  • Bonos del Estado central: TES, etc.

  • Carteras diversificadas de bonos dentro de un Fondo de Inversión Colectiva (FIC).

  • Fajos de billetes (nacionales o extranjeros) debajo del colchón o en casilla en el banco o en caleta etc. (*) y (**)


Es triste que al ahorrador de a pie no le quede fácil comprar bonos TES, pues los intermediarios no los venden sino empaquetados de manera muy costosa.

¿Qué puede hacer la persona, posiblemente un adulto mayor, que quiere un vehiculo seguro pero con cierta rentabilidad para unos 250 millones de pesos?

Los CDTs ofrecen una rentabilidad decente, pero el seguro de depósito es muy bajo (sólo 20 millones en entidades protegidas por Fogafin y 12 millones en entidades protegidas por Fogacoop). Si se compara mundialmente, Colombia tiende a estar en el grupo de países con bajo seguro de depósito. Y hay buenas razones para que sea bajo. Sin embargo, en muchos de esos países que tienen o tuvieron un seguro limitado, el ahorrador de la calle siempre  pudo comprar bonos gubernamentales .

Si en Colombia quieren controlar el riesgo en instituciones financieras, sean bancarias o cooperativas, mediante un restringido seguro de depósitos, muy bien, háganlo, pero por favor permítanle al ahorrador que busca seguridad la alternativa de invertir en bonos del estado.  

No es correcto obligar al ahorrador, quizás una persona mayor, a estar a cargo del papeleo de 10 CDTs en bancos distintos, cuando puede ir comprando TES por décimas.

No es correcto confundir al ahorrador diciéndole que hay entidades bancarias muy seguras, donde puede poner sus 250 millones en una sola institución sin riesgo.

¿Qué le queda al ahorrador? ¿los Fondos de Inversión Colectiva FICs? ¿Aquellos que acertadamente han sido señalados por la Superfinanciera como horriblemente ineficientes?




A la gente de a pie se le han vendido bonos gubernamentales desde hace muchos años.

Muchos países ofrecen bonos. En los Estados Unidos alguien puede comprar bonos empezando desde US$25. En el Reino Unido desde hace muchos años se ha podido.

Un video de hace un par de años sobre algo equivalente en el Perú, las Letras del Tesoro.

https://www.youtube.com/watch?v=f2nNwKBg9HA

 

¿Hay alguna razón para que no pueda ser posible en Colombia? ¿Cómo hacerlo realidad?

¿Serviría una petición formal ante MinHacienda?

 




(*) Algunas personas incluirían

  • Metales preciosos (monedas, lingotes, joyas, certificados), guardados igual que los fajos de billetes.

  • Lotes, casas, apartamentos, fincas -- "finca raíz".


en esa lista; creo que tienen un papel, pero no es el mismo. Exijen constante preocupación, cuidado y atención por parte de su dueño.

(**) Es una lástima que en Colombia no hay buena oferta de anualidades.

2016/07/01

AFPs quieren que no miremos su propia ineficienca

Las AFPs nos bombardean con su copy-paste de noticias económicas y financieras, para cultivar la idea de que la AFP, con su equipo de expertos, si está en la jugada, haciendo todo lo posible para proteger nuestro porvenir etc.

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Sí, los acontecimientos externos, fuera de nuestro control, afectan el desempeño de lo invertido.

Pero que eso no nos distraiga de una verdad de a puño: la AFP sí está en control de sí misma. Es ella la que decide cobrar 3% anual por comisión anual sobre saldo de ahorro de cesantías. En el desempeño de lo invertido, ese 3% no es infortunio de los dados del casino sino erosión y opresión cierta y constante sobre el ahorro del cotizante, año tras año. Si las AFPs compitieran de verdad, podrían cobrar menos. Una administradora en los EEUU, por el mismo producto, cobra 0.2% anual. El que la colombiana cobre 3% (en cesantías, en fondos voluntarios hasta 4%) nos debería llevar a cuestionar la tremenda ineficiencia del sistema.