2017/10/30

Propuesta de ANIF

La nota de periódico que comenté en la entrada pasada era el anuncio de un informe y propuesta de la Asociación Nacional de Instituciones Financieras (ANIF) sobre la reforma pensional. El documento es aterrador, y no sólo por los errores que señalé el día pasado.

Invito a leerlo en
http://anif.co/sites/default/files/investigaciones/anif-refpensional0917.pdf


(100 páginas -- tenga a mano la Mylanta).




2017/10/28

Sergio Clavijo está equivocado

Doctor Sergio Clavijo,
Presidente, Asociación Nacional de Instituciones Financieras
Bogotá, Colombia.

28 de Octubre de 2017.  


Doctor Clavijo,



En su nota en La República del 23 de octubre de 2017, acerca de una reforma pensional en Colombia, usted desvirtúa una  "queja" que señala la existencia de
"ii) supuestos cobros 'elevados' en materia de comisión de administaración [sic] (hoy equivalente al 1.3% de la contribución) y de seguro previsional (1.7% de la contribución), aunque tienen un tope del 3%;

Doctor Clavijo: de veras asusta que alguien como usted, protagonista de este debate, desconozca la magnitud de los costos pensionales. Las comisiones de administración en Fondos Obligatorios son, en promedio, del 1,3%, pero no de la contribución, sino del Ingreso Base de Cotización.


 (Fuente: Informe trimestral de rentabilidad, comisión de administración y seguro previsional de junio de 2017.)

Aquí muestro un extracto de alguien que cotiza sobre un salario mínimo.



Si lo que usted dice, Dr. Clavijo, fuera cierto, la comisión de administración ($6422) más el seguro previsional ($15722) serían 3% de la contribución o cotización, o sea 3% de $118.100.

No, no lo son: ($6422+$15722)/ $118.100 = $22.144/$118.100 = 18.75%

La comisión de administración y el seguro previsional sí suman 3% del Ingreso Base de Cotización.  $22.144 / $738.125 =  3%

En el promedio ponderado de las cuatro AFP, la comisión de administración es $1,30 de cada $16 cotizados, 8,13% . Aún más: si de la cotización se descuenta el $1,50 que va al Fondo de Garantía de Pensión Mínima y el $1,70 que va en promedio al seguro previsional, se está pagando una comisión sobre cotización neta de $1,30/($1,30+$11,50) = 10,16%

¿Puede decir ahora que una comisión del 10% sobre cotizaciones es baja?

Usted luego dice que
ii) no es cierto que los cobros de comisiones sean elevados, pues se puede demostrar que bordean un 0.5% de los ahorros acumulados a veinte años (por debajo de la práctica internacional de otros mercados financieros)

¿Acaso usted considera que los $500 que pagué en comisiones hace años no tienen porqué traerse a su valor actual? Una simple fórmula de valor futuro muestra que un comisión sobre entrada (1 - c) tiene un efecto constante en el valor futuro.



Cobrar 10% de la contribución, o lo que es lo mismo, que la contribución neta sea apenas 90% de la contribución bruta, resultará en un valor futuro del 90% de lo que pudo ser.

Y sin embargo, estos no son los únicos costos que para el cotizante tiene la administración pensional: hay unos costos ocultos que se nos cobran por derechas en la cuenta. Ni las AFP ni la Superintendencia Financiera nos describen el monto de esos costos. Espero que en el congreso empiecen a preguntarse por tales costos.

2.1. Régimen de gastos admisibles para los tipos de fondos de pensiones obligatorios.
Con cargo a los tipos de fondos de pensiones se pueden sufragar exclusivamente los gastos que se señalan a continuación, debiendo quedar expresa constancia en el correspondiente reglamento de administración:

2.1.1. Los honorarios y gastos en que haya de incurrirse para la defensa de los intereses de los tipos de fondos, cuando las circunstancias así lo exijan.

2.1.2. Los correspondientes al pago de comisiones por la utilización de comisionistas de bolsa y corredores de valores especializados en TES (CVTES), así como los gastos en que incurran en la negociación de las inversiones a través de sistemas de negociación de valores aprobados por la SFC o en el mercado mostrador registradas en un sistema de registro de operaciones sobre valores debidamente autorizado por la SFC, incluidos los gastos correspondientes a la utilización y acceso a tales sistemas.

2.1.3. Los intereses y demás rendimientos financieros que deban cancelarse por razón de operaciones de reporto o repo activas / pasivas y operaciones simultáneas activas / pasivas, siempre que estén autorizadas.

2.1.4. La pérdida en venta de inversiones, la pérdida en venta de bienes recibidos en pago y los demás gastos de índole similar que autorice con carácter general esta Superintendencia.

2.1.5. La remuneración correspondiente al revisor fiscal de los tipos de fondos.

2.1.6. Los gastos en que haya de incurrirse para la constitución de las garantías que deban otorgarse para hacer posible la participación de la administradora con recursos de los tipos de fondos en los procesos de privatización a que se refiere la Ley 226 de 1995.

2.1.7. Los gastos en que haya de incurrirse en la realización de operaciones a través de las cámaras de riesgo central de contraparte.

2.1.8. Los gastos de compensación y liquidación provenientes de la negociación de inversiones.

2.1.9. Los gastos derivados del registro de valores y los del depósito centralizado de valores que se generen en la realización de operaciones repo, transferencia temporal de valores (TTVs) y simultáneas.

(Y añaden los reglamentos de las AFP: “Los demás gastos que de manera general autorice laSuperintendencia Financiera de Colombia.”

Circular Básica Jurídica,Parte II (Mercado Intermediado),Título III (Instrucciones generales relativas a las operaciones de las entidades administradoras de pensiones y cesantías),Capítulo II (Disposiciones especiales aplicables en materia de Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad),Artículo 2.1 (Régimen de gastos admisibles para los tipos de Fondos de Pensiones)(https://www.superfinanciera.gov.co/descargas?com=institucional&name=pubFile1009784&downloadname=P2%20Tit%20III‐%20Cap%20II‐%20RAIS.docx)

Doctor Clavijo, seamos transparentes, hablemos con la verdad a Colombia: además de describir los costos de continuar con el Régimen de Prima Media, revelemos la totalidad y efecto de los costos de la administración privada actual, que son mucho más altos de lo que usted mismo creyó.

Atentamente,

Juan P. Zuluaga



 


2017/10/04

En conjunto, industria latinoamericana de fondos de inversión no crea valor.

¿Qué proporción de los fondos de inversión de un país tienen peor desempeño que un índice pasivo apropiado? La gran mayoría. Esto tiene una magnífica consecuencia práctica: si sencillamente invirtiéramos mediante fondos indexados pasivos de bajo costo superaríamos a la gran mayoría de fondos de inversión. ¿Es o no una estrategia razonable?

Comparing Active and Passive in Latin America – SPIVA® Latin America | S&P Dow Jones Indices




Sin embargo, ¿por qué en Colombia el sector financiero nos dificulta y encarece injustificadamente el acceso a tales productos? ¿será que no quieren que tengamos acceso a los mismos y que no nos quede más alternativa que la inversión forzosa en los fondos ofrecidos por las administradoras de Fondos de Pensiones y de Fondos de Inversión Colectiva que cobran comisiones abusivas? ¿quieren seguir encubriendo el que su administración podría ser mucho más simple y que no hay razón para que estén incurriendo en tan altas comisiones y costos ocultos? ¿por qué en Colombia la Superintendencia Financiera y las oficinas de regulación financiera de Ministerio de Hacienda siguen tolerando que el sector comisionista, fiduciario y de administración de fondos pensionales sea parásito de ahorradores e inversionistas, chupando comisiones sin añadir valor?

2017/10/03

Martín Huete (Finizens): "La educación financiera es decirle a la gente ojo con las comisiones"



Martín Huete (Finizens):
Creo que en estas cosas hay mucha hipocresía porque la educación financiera, al fin y al cabo, es decirle a la gente ojo con las comisiones de los fondos de inversión, que no son las comisiones que parecen, que son comisiones ocultas... Entonces todos los esfuerzos institucionales que se hacen por la educación financiera, realmente dejan mucha parte fuera. Es decir, hay que explicar claramente cuáles son las comisiones reales de los fondos de inversión, por qué los bancos se dedican a vender los productos que a ellos les interesa (que no tienen por qué ser los que interesan al inversor).

Esfuerzos institucionales como en Colombia https://pesospensados.gov.co, que no habla en ninguna parte de las altísimas comisiones de los FIC o de los costos pensionales.

Fuente:  Martín Huete (Finizens): "La educación financiera es decirle a la gente ojo con las comisiones" - Valencia Plaza

Asofondos sí quiere elevar edad de jubilación, pero que no se sepa.

Con frecuencia aparecen en la prensa artículos que pretenden decir que Asofondos no está de veras tan interesado en elevar la edad de jubilación. Por ejemplo, este reciente en Semana:
[Mito número 6:] "Lo que quieren hacer con la reforma pensional es aumentar las edades de jubilación"

También es falso. Una reforma pensional va mucho más allá de los parámetros (edad de jubilación, tasas de cotización, tasas de reemplazo, sustituciones pensionales, etc.). Lo de fondo es la estructura del sistema, la estabilidad de las reglas de juego y las fuentes de financiación.

¿Falso en qué sentido? ¿en que no es lo único que quieren? ¿en que no les importa si se eleva la edad o no?

Resulta que a las administradoras y a sus defensores sí les importa, y mucho (por ejemplo, declaraciones de Sergio Clavijo), pero saben que sería polémico si las administradoras mismas lo pidieran, y por tanto tratan de que parezca que otros lo han planteado

¿Qué prueba hay de esto?

Este párrafo de una entrevista hecha en 2012 a Álvaro García Manotas, en ese entonces presidente de Colfondos y hasta hace poco alto integrante de la junta de Asofondos.




El Ministro del Trabajo no ha querido develar en la reforma pensional el tema de las edades. ¿Ese aspecto se debe tocar, o no?

Creemos que es un tema que no es bueno lanzar en materia de soluciones, porque cada vez que se plantea una alternativa se polariza la opinión pública. Ese debe ser un tema a pensar en una mesa de negociaciones (sindicatos, Gobierno, universidades, gremios, empleadores, académicos y congresistas) para saber si la solución es aumentar la edad pensional, o en su defecto las semanas de cotización. Por eso no queremos lanzar ninguna propuesta en ese sentido.

Fuente: Reformas pensional y laboral son necesarias: Colfondos